El Tribunal Supremo cierra el caso Samuel Luiz con penas de hasta 24 años de cárcel

La sentencia confirma las condenas a los tres responsables del asesinato del joven, y ratifica la existencia de un crimen especialmente violento y con motivación discriminatoria.

Acusados por el crimen de Samuel Luiz.
Acusados por el crimen de Samuel Luiz.
Ángela Trigueros

Ángela Trigueros

Si se ha escrito un crimen, seguro que he sido yo.

30 diciembre, 2025
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El Tribunal Supremo ha confirmado las penas de entre 20 y 24 años de prisión impuestas a los tres jóvenes condenados por el asesinato de Samuel Luiz, ocurrido en A Coruña en julio de 2021.

Con esta decisión, se desestiman los recursos presentados por las defensas y por las acusaciones, y se da por cerrada la vía judicial ordinaria de uno de los casos más impactantes de los últimos años en España.

Un crimen sin posibilidad de defensa

El Supremo respalda el relato de hechos fijado por los tribunales inferiores: una agresión súbita, extremadamente violenta y prolongada, que dejó a la víctima en una situación de absoluta indefensión. Según la sentencia, el ataque se inició tras una discusión banal y derivó en un linchamiento en grupo, con golpes continuados que acabaron provocando la muerte del joven de 24 años.

La condena más elevada, 24 años de prisión, corresponde al principal agresor, al apreciarse la agravante de discriminación por orientación sexual, al quedar acreditado el uso de expresiones homófobas durante el ataque. Los otros dos condenados deberán cumplir penas de 20 y 20 años y medio, esta última al sumarse un delito de robo con violencia por la sustracción del móvil de la víctima en plena agresión.

El Tribunal también confirma la absolución de un cuarto acusado, al considerar que no existen pruebas suficientes para sostener su participación directa en los hechos, rechazando así la pretensión de la acusación de revisar ese extremo.

Además de las penas de cárcel, los condenados deberán indemnizar a la familia de Samuel Luiz con más de 300.000 euros. La sentencia subraya que no procede aplicar atenuantes como el consumo de alcohol y recalca la especial gravedad de un crimen que conmocionó a la sociedad y reabrió el debate sobre la violencia motivada por el odio.

Con este fallo, el Supremo refuerza el mensaje de tolerancia cero frente a los delitos de extrema violencia y cierra judicialmente un caso convertido en símbolo de la lucha contra la discriminación.

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