El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que Hungría ha violado el Derecho de la Unión por una ley de 2021 en contra del colectivo LGTBIQ+. La Justicia europea sentencia que el país infringe el artículo 2 de los tratados de la UE, donde se establecen la libertad, la igualdad y el respeto a los derechos humanos, entre otros.
Hungría aprobó la Ley LXXIX de 2021 «por la que se adoptan medidas más estrictas contra los delincuentes pedófilos y se modifican determinadas leyes para proteger a los menores». El argumento consistía en la protección de los menores mediante la prohibición del acceso a materia relacionada con la discordancia entre la identidad de género y el sexo asignado al nacer, el cambio de sexo o la homosexualidad.
Los magistrados afirman que esta ley contiene aspectos que van dirigidos «contra los contenidos que representan o popularizan la desviación de la identidad propia del sexo correspondiente al nacimiento, el cambio de sexo o la homosexualidad», y añaden que estos elementos constituyen «un conjunto coordinado de medidas discriminatorias».

Protesta en Hungría por los derechos LGTBIQ+.
Según subrayan, dichas medidas vulneran «de manera manifiesta y especialmente grave» los derechos de las personas no cisgénero, incluidas las personas trans, y de las no heterosexuales, además de afectar a valores fundamentales como «el respeto de la dignidad humana, la igualdad y el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías».
Además, el Tribunal también ha anunciado que aunque los Estados de la UE pueden decidir qué contenido se considera perjudicial para el desarrollo físico y mental de los menores, se tiene que «respetar la Carta de Derechos Fundamentales de la UE y, en particular, la prohibición de discriminación por razón de sexo y orientación sexual».
De la “protección de menores” a la estigmatización
Uno de los puntos centrales del fallo es el rechazo a la narrativa del Gobierno húngaro, que defendía que los contenidos LGTBIQ+ eran un riesgo para los menores, un argumento que el tribunal ha desestimado. Según han denunciado, esta ley asocia a la comunidad queer «con la delincuencia pedófila, lo que puede reforzar esta estigmatización y fomentar comportamientos de odio hacia ella».
También han declarado que este enfoque legislativo destaca ciertas identidades y orientaciones sexuales en detrimento de otras, lo que genera su estigmatización. Estas normativas «constituyen una injerencia especialmente grave en varios derechos fundamentales protegidos por la Carta: la prohibición de la discriminación por razón de sexo y orientación sexual, el respeto de la vida privada y familiar, y la libertad de expresión y de información».


