Los hechos sucedían en junio de 2008, cuando una pareja de hombres homosexuales era asaltada por tres hermanos que, sin mediar palabra, propinaron una paliza a los chicos causándoles graves lesiones físicas. Ante los hechos, la Audiencia Provincial de Málaga consideró culpables a los tres acusados y les sentenció a una pena de 13 años y 6 meses de prisión por delitos de lesiones graves.
Los acusados, que no estaban de acuerdo con la sentencia, recurrieron al Tribunal Supremo, que ahora confirma la sentencia impuesta, por lo que no cabe recurso. Aunque el alto tribunal estima parte del recurso de los acusados, y considera que concurre la agravante de abuso de superioridad numérica y no la de alevosía, la sentencia señala que esto no tendrá incidencia en la pena impuesta, siendo el mismo número de años y meses que la Audiencia Provincial de Málaga había sugerido. Además, fija ahora una indemnización de 13.664 euros para una de las víctimas por las secuelas físicas que le han quedado.
La Audiencia Provincial de Málaga consideró probado que, en junio de 2008, una de las víctimas que estaba con su pareja sentimental se encontró con uno de los acusados, comenzaron una discusión en la que este último dijo frases peyorativas como “no voy a parar hasta que os mate, maricones”. Una disputa que acabó en agresión física, por lo que la víctima tuvo que acudir al centro de salud con su pareja para ser asistido. La paliza más grave, sin embargo, se produjo a la salida; cuando entraban en el coche, el agresor y sus dos hermanos abrieron las puertas del vehículo y comenzaron a golpearlos sin mediar palabra. Una de las víctimas logró salir, pero fue perseguido y golpeado de manera continua por los acusados, que le produjeron graves lesiones que mermaron su salud física.
Como consecuencia de la agresión, las víctimas sufrieron secuelas permanentes, uno de los agredidos sufre un trastorno neurológico, además de la pérdida de dos dientes. Lesiones y una clara intencionalidad de llevar a cabo los hechos, que para la cámara justifican la sentencia impuesta.
La Audiencia Provincial de Málaga consideró en su momento que el desencadenante de la agresión no fue un motivo de homofobia sino las malas relaciones que mantenían agredido y agresores en relación con el uso de una vivienda. Pero sí considera que la agresión tuvo connotaciones de odio y homofobia, cuando los agresores utilizaron esta característica de los agredidos, y utilizaron ataques e insultos en referencia a su orientación sexual mientras los atacaban. No obstante, los hechos solo fueron juzgados como delitos de lesiones, no considerando la opción de ser juzgados como delitos de odio.
El Observatorio Español contra la LGBTfobia ha mostrado su satisfacción por la confirmación del Tribunal Supremo a esta sentencia. “Se trata sin duda de una condena ejemplar, pero rara en la justicia española, ya que generalmente resulta muy barato agredir a una persona LGBT en nuestro país. El hecho de que tampoco en este caso se haya tenido en cuenta la agravante de odio a la orientación sexual es lamentable, ya que el odio a la condición sexual de la pareja tuvo un papel relevante en la saña de la agresión, unida a una retahíla de insultos homófobos”, señala Paco Ramírez, director del Observatorio Español contra la LGBTfobia.
“Tras la aprobación en diciembre pasado del Protocolo de Actuación Policial en incidentes de delitos de odio, y la red de Fiscalías especializadas en los delitos de odio en las provincias españolas, queda una tercera pata muy importante de las actuaciones institucionales, como sería la aprobación de un Protocolo específico de Actuación judicial en casos que afecten a personas LGBT y otras minorías objeto de odio. De esa forma se podría orientar y aplicar por sistema las agravantes de odio en este tipo de delitos, y tener un trato justo en el acceso a la Justicia sin exclusiones ni discriminaciones y que la importación de Justicia sea igual para todos. Los jueces y fiscales se verían obligados con ese Protocolo a investigar las posibles agravantes de odio en todas las denuncias de procesos judiciales que afecten a personas víctimas del odio y a que los apliquen sistemáticamente. No es algo novedoso porque la Corte Suprema de Justicia de México aprobó el verano pasado un protocolo similar”, ha recordado Paco Ramírez.
“Desde Andalucía Diversidad LGBT pedimos a la Junta de Andalucía una Ley Integral de lucha contra la LGBTfobia, con el fin de terminar con esta lacra que supone que nuestra Comunidad Autónoma lidere las estadísticas de delitos de odio registrados por el Ministerio del Interior con 188 incidentes de LGBTfobia registrados en 2014”, ha declarado Antonio Ferre, presidente de Andalucía Diversidad LGBT.
El Observatorio Español contra la LGBTfobia es un proyecto de COLEGAS y trata de asistir a las víctimas de discriminación y delitos de odio en base a su orientación sexual o identidad de género. Una organización que ayer era noticia en Shangay.com por su nueva aplicación móvil: SOS LGBT, que permite realizar denuncias a través del teléfono móvil, así como asesorarse sobre cómo y dónde denunciar los delitos de odio, cuál es la comisaría más cercana por geolocalización e incluso la posibilidad de interponer denuncia complementaria informando al Observatorio Español contra la LGBTfobia.
Todo recurso es poco para acabar con una lacra que ha aumentado este año en España, los delitos de odio.
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