El Juzgado de lo social de Cartagena ha visto procedente el despido de un trabajador de la empresa Sabic, una de las mayores petroquímicas del mundo, tras los comentarios homófobos que realizó contra un compañero de trabajo y la comunidad LGTBI en general. Según lo recogido en la sentencia, este hombre llegó a declarar que los homosexuales «tendrían que estar colgados» y que «no tenían que vivir». La justicia ha considerado que se trata de una falta grave que justifica de sobra que la empresa haya decidido prescindir de sus servicios.
Al parecer, el acusado trabajó más de veinte años en Sabic, donde ejercía como «técnico de primera» en la fábrica de Cartagena. La empresa decidió prescindir de sus servicios después de descubrir el maltrato que estaba sufriendo otro trabajador por parte del técnico. Al parecer, le llamaba «la maricona» y siempre estaba diciendo que era «un perro que no trabaja». La empresa estipuló después de una investigación interna que estaba ejerciendo bullying contra el otro trabajador debido a su orientación sexual.
La carta de despido de la empresa califica la conducta del que era su trabajador como un maltrato de palabra, una falta muy grave que quiebra el código de integridad de la compañía. Según la carta y el testimonio de compañeros que corroboran los hechos, todo comenzó el 17 de febrero. Según los datos recopilados, el agresor entró en las oficinas de mantenimiento de la empresa y se dirigió a tres compañeros que ya estaban allí. Parece que dijo «en esta sala hay uno al que le gusta que le den por el culo, y no eres ni tú ni tú«. La víctima, que fue la única persona en no ser señalada, se limitó a quedarse callado, «sintiéndose insultado y humillado», según consta en el informe que presentó a la empresa.
Al día siguiente, soltó otra perla: «A ver si gobierna Vox y echan a todos los maricones, gais y lesbianas. Aquí solo queremos hombres y mujeres». Mientras decía esto, según los testigos, realizaba gestos para señalar al compañero homosexual, que «tuvo que abandonar la sala sumamente ofendido y humillado».
Uno de los compañeros que estaban presentes se enfrentó al exempleado. Condenó su comportamiento despreciable y le recriminó que se había excedido. El acusado parece que «se limitó a reírse» como si todo se tratase de una broma. El acusado, además, declaró no tener memoria de haber proferido ninguna de esas deplorables declaraciones cuando le cuestionaron por sus «expresiones homófobas del peor cariz».
Sabic defiende ante la Justicia su decisión. Afirman que todos los hechos relatados en su sentencia están corroborados mediante una investigación interna. Aseguran que no se trataba de una conducta puntual, sino que los compañeros consideraban que se había convertido en algo recurrente y que solo había ido a peor.
Una de las expresiones que uno de los compañeros recuerda haberle oído al acusado es que «los maricones tendrían que estar colgados, no tienen que vivir». La empresa ha condenado este «comportamiento, que supone un total menosprecio y humillación», además de considerar que se ha «dañado gravemente la imagen de Sabic». Los compañeros de trabajo atestiguan que «las bromas de mal gusto« y las conversaciones sobre inmigrantes, putas, gais y maricones eran habituales en el entorno del trabajo bajo la excusa de ser un tema jocoso. Sin embargo, condenaban lo sucedido entre el acusado y la víctima, y consideraban que la situación era «insostenible».
Tras la investigación de los hechos, la empresa llegó a la conclusión de que se trataba de una «transgresión flagrante» de su código de integridad, y vieron más que razonable proceder con el despido del acusado. Este recurrió a la vía legal y llevó el caso al juzgado, el cual ha acabado por dar la razón a la compañía al declarar «acreditada la comisión por el demandante de una falta muy grave de ofensas verbales a un compañero de trabajo». Esta decisión aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la región de Murcia.
Ante todas las acusaciones, la sentencia destaca que la parte demandante intentó «restar gravedad a la conducta» del acusado alegando que sus comentarios no estaban dirigidos a la víctima, sino que se trataban de valoraciones emitidas en base a una discusión política sobre un intento de asalto a la valla de Melilla. Si se mantienen los términos recogidos en la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, el agresor no tendrá derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.