Uno de ellos ha sido condenado a dos años de prisión y al pago de una multa por una agresión homófoba a una pareja de chicos con una barra de hierro y un casco mientras iban en bicicleta. El Juzgado de lo Penal 1 de Córdoba ha considerado el ataque como un delito de lesiones agravado por un delito de odio.
Los hechos ocurrieron el 28 de marzo de 2022 sobre las 21:40h. Los acusados se encontraban en la puerta de un establecimiento comercial cuando la pareja de chicos pasó por allí con sus respectivas bicicletas. Según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los agresores ya conocían a los jóvenes y la ruta que seguían, y era habitual que les insultaran llamándolos “maricones”.
Los condenados conocían a una de las víctimas por su trabajo como monitor de autobús escolar de un IES. Aquella noche, uno de los agredidos decidió contestar a los gritos de “venid para acá, maricones” con un “eso tú”. Entonces, los acusados, junto con dos personas no identificadas que también se encontraban en el establecimiento, se subieron a un coche para perseguirles.
Unos cuatrocientos metros después, en un túnel, uno de los acusados se bajó del coche con un casco de moto y el otro con una barra de hierro para bajar persianas y agredieron a la pareja de chicos con ambos objetos mientras les llamaban “maricones”. Las víctimas consiguieron huir del lugar de los hechos, aunque sin las bicicletas. Uno de ellos presentaba varias lesiones en espalda y codo izquierdo, mientras que su pareja sufrió una contusión craneal de la que tardó varios días en recuperarse.
Antes de la celebración del juicio, los acusados abonaron 500 euros a una de las víctimas como compensación por las lesiones y secuelas. En cuanto a las penas impuestas, uno de los agresores ha sido condenado por delito de lesiones agravado por discriminación de orientación sexual a dos años de prisión y multa. El segundo atacante ha sido condenado por un delito leve de lesiones con el agravante de discriminación a una multa e indemnización a las víctimas. A ambos se les prohíbe la comunicación con sus víctimas y no podrán acercarse a menos de 500 metros de ellas en los próximos tres años. La pena de prisión del primer acusado será suspendida siempre y cuando no cometa nuevos delitos durante ese periodo.