La sentencia condena al taxista a la multa más alta que se puede aplicar por vejaciones, al entender que las ofensas que dirigió a la pareja gay se refieren «a circunstancias personales de las víctimas que en una sociedad como la nuestra han de ser singularmente protegidas: la orientación sexual y la condición de extranjeros”, palabras textuales del juez Miguel Ángel Tabarés.
Las vejaciones sucedieron en el marco de una pelea, en la que el taxista se enzarzó en una discusión con una pareja de gays que circulaban por el carril bici de la calle Diputació de Barcelona, donde el condenado tenía estacionado su vehículo. Cuando los ciclistas llegaron a la altura del coche, tuvieron que bordear el vehículo, que estaba invadiendo todo el carril. Aproximación que motivó que el taxista les recriminara que hubieran dañado su vehículo, mientras les llamaba reiteradamente «sudacas de mierda» y «maricones».
El juez también desestimó la denuncia del taxista, que alegaba supuestos daños a su vehículo, al considerar que no hay pruebas suficientes para acreditar que el golpe fuera intencionado y no culpa del mal estacionamiento del mismo.
Por el contrario, la sentencia condena al taxista al pago de 240 euros de multa. «Las palabras que les dirigió son objetivamente vejatorias y singularmente adecuadas para ofender, dadas las circunstancias personales de aquellos a quienes se dirigen», le advirtió el magistrado, Miguel Ángel Tabarés.
El juez considera justificado imponer la pena máxima al taxista por las circunstancias: «Se profirieron a gritos, en la vía pública, con intención evidente de humillar a sus destinatarios».
Laia Serra, abogada del Observatorio contra la Homofobia, ha celebrado la sentencia: «Evidencia que la justicia comienza a tomarse seriamente las discriminaciones diarias que sufre el colectivo LGTB», y ha subrayado que la Ley contra la homofobia que recientemente ha aprobado el Parlament supone «una herramienta muy valiosa por las sanciones administrativas que comporta».