El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la sanción económica impuesta a Elena Lorenzo, que realizaba terapias de conversión. Esta amonestación de 20.001euros fue aplicada por la Comunidad de Madrid al infringir el artículo 70.4 de la Ley de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por razón de orientación e identidad sexual.
Lo que fue en su momento un logro en la lucha por los derechos LGTB, ya que era la primera condena de este índole en nuestro país, ahora es un paso atrás. El motivo por el cual el tribunal ha rechazado esta sentencia es de tipo administrativo. La mujer recurrió y se le ha dado la razón, ya que considera que la Administración cometió un fraude en la ley al demorarse en exceso (31 meses) en el trámite de información previa al proceso sancionador.
Las reacciones ante esta decisión judicial no se han hecho esperar. Carla Antonelli, diputada del PSOE en la Asamblea de Madrid, ha expresado en Twitter su profundo desacuerdo con la sentencia.
TSJM anula la multa de Comunidad Madrid a la terapeuta que “curaba a LGTBI” aplicación Ley LGTBI ¿Pero saben por qué? Xke CM en el “trámite de información previa proceso sancionador se demoró en exceso, 31 meses” que sinverguenzas!#ComPPlicesLGTBIfóbia https://t.co/q9KbmfTMc9
— Carla Antonelli / 🏳️⚧️☂️ (@CarlaAntonelli) July 26, 2021
Como ella, son muchos los que no comprenden esta decisión jurídica. Y es que la acusada promocionaba terapias de ‘curación’ de la homosexualidad mediante su página web. Se describía como una coach emocional que ofrecía reconvertir la conducta de aquellas personas homosexuales que quisieran ser heterosexuales. Este acto surrealista y delictivo, ya que ya está regulado por la ley, no tendrá consecuencias debido a un trámite que se realizó de modo incorrecto. A menos que se vuelva a recurrir la sentencia, en este caso prevalece el aspecto burocrático sobre esta vulneración de los derechos humanos.