Cárcel y multa: condenan a un vecino de Alicante por insultos homófobos

La Audiencia Provincial de Alicante ha emitido un veredicto que marca un importante precedente en la lucha contra la discriminación.

Pegatina de Stop Homofobia
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Jimmy Cukier

Jimmy Cukier

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20 octubre, 2023
Se lee en 2 minutos

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En un fallo legal que resuena en la comunidad de Alicante, un hombre ha sido condenado a prisión, multa e indemnización por su actitud homofóbica en contra de su vecino.

Este caso, que se originó en un conflicto vecinal, ha dado lugar a un veredicto que marca un importante precedente en la lucha contra la discriminación y el odio.

La Audiencia Provincial de Alicante ha emitido un mensaje claro al condenar a un año de prisión a un individuo por un delito de odio. Su ofensa: lanzar insultos homofóbicos constantes a uno de sus vecinos, tipo “maricón de mierda” y “la maricona de arriba”, lo que demuestra un desprecio específico por la orientación sexual de la víctima. La sentencia también incluye una multa de alrededor de 1.500 euros.

El condenado había tratado de enmascarar su comportamiento homofóbico afirmando que sus disputas con el vecino se reducían a un conflicto puramente vecinal. Sin embargo, el tribunal no creyó su versión de los hechos y decidió respaldar la narrativa de la víctima, quien afirmó que los insultos se lanzaron en lugares públicos, lo que vulnera su su derecho a decidir cuándo y con quién compartir su orientación sexual.

El testimonio de la madre de la víctima añadió peso a la versión de su hijo. Explicó que la relación entre vecinos comenzó amigable, pero se deterioró cuando el joven comenzó a expresar su orientación sexual.

La sentencia, dictada por la magistrada María Eugenia Gayarre, sigue las recomendaciones de la Fiscalía con una condena de un año de prisión por un delito de odio.

Además de la pena de prisión y la multa, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 2.337 euros en concepto de daños morales. Por último, se le impuso una inhabilitación especial durante cinco años para profesiones relacionadas con el ámbito docente o del deporte.

El tribunal ha decidido no ordenar una restricción de acercamiento solicitada por la parte acusadora, debido a que no se presenta un riesgo real para la vida o la integridad física de la víctima en este caso. Es importante destacar que el acusado se enfrenta a otra pena de nueve meses pendiente de confirmación por hechos similares.

Este veredicto no solo establece un importante precedente en la lucha contra la discriminación y el odio, sino que también subraya la importancia de denunciar estas situaciones.

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